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Número Extraordinario. Suplemento de Derecho de la Propiedad Horizontal, Conjuntos Inmobiliarios y Derecho Inmobiliario Nº 12 – 10 de diciembre de 2020

Citar: elDial.com - CC6A33

Copyright 2024 - elDial.com - editorial albrematica - Tucumán 1440 (1050) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina

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Número Extraordinario

Suplemento de Derecho de la Propiedad Horizontal, Conjuntos Inmobiliarios y Derecho Inmobiliario Nº 1210 de diciembre de 2020

 

Por Jorge C. Resqui Pizarro

 

Ya han transcurrido casi nueve meses desde que nos anoticiáramos de la extensión de la emergencia pública sanitaria (DNU 260/2020) en razón de la pandemia de Coronavirus Covid-19 declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS); estamos ahora en situación de Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO) prorrogado hasta el 20 del mes en curso (DNU 956/2020), empero siempre hay más temáticas de las materias que estudiamos para ofrecerle a los amigos lectores y los tribunales aumentan su producción (a la que estuvimos desacostumbrados por efecto de la pasada feria judicial extraordinaria), tal como veremos en la permanente sección de fallos que este suplemento contiene, de la que pasaremos revista más adelante.

Todo ello favoreció para que, conjuntamente con la Editorial, pensáramos en un número extraordinario del Suplemento (el 12° de la tira iniciada en mayo de 2018) y que mejor que exponerlo en la fecha que, renovadamente, festejamos el Día de la Democracia, mientras memoramos aquella jornada única y espléndida del año 1983, en la que nuestro pueblo demostró su irreductible voluntad de vivir en libertad y bajo el imperio de la ley, amalgamándose - más allá de sus preferencias partidarias - en la Constitución, con ferviente júbilo que transitaba desde el Congreso Nacional hasta el Cabildo de esta ciudad de la mano de nuestro otrora presidente electo, Dr. Raúl Ricardo Alfonsín, y de los representantes populares que asumían sus obligaciones, dejando atrás la larga y ominosa noche de los dictadores.

En medio de la algarabía, es oportuno comentarles que traemos por aquí.

 

I.- Doctrina autoral y judicial, legislación y práctica profesional.

 

Nuestro mayor colaborador, el articulista Dr. Zumpano, acerca dos trabajos de significación. En primer lugar, avanza en la tesis de las cinco responsabilidades internas principales del Consorcio de Propietarios en relación con sus miembros para luego derivar en las quince responsabilidades externas subdivididas, a su vez, en tres: cinco en relaciones de autoridad, otras tantas en relaciones de consumo y las cinco últimas en relaciones paritarias.

En ese orden, ésta última categoría enrola a los ajenos a los consorcistas e incluye a los expuestos, de allí que se intitule su doctrina Expuestos a riesgos edilicios o conductas dañosas de consorcistas. El doctrinario - siempre fiel a su visión integralmente consumeril del derecho privado - desarrolla una excursión fundada en los preceptos legales de la responsabilidad civil (sus presupuestos y los factores de atribución objetivo, subjetivo y colectivo) contenidos en el Código unificado, la ley de defensa del consumidor y la normativa local al respecto.

En su segunda incursión en esta edición, nos adentra en las diferencias de la Modificación, Innovación, Mejora y Modernización en edificación consorcial, faciltándonos un sesudo recorrido por estos institutos con el foco puesto en las normas aplicables, tanto en las partes comunes cuanto, en las privativas del soporte edilicio del derecho real de la propiedad horizontal común, con sencilla equiparación en los conjuntos inmobiliarios.

Paralelamente, otra de las firmas habituales de nuestra publicación, la profesora Dra. Desages, nos trae un análisis detallado de las obligaciones de los administradores de consorcios - estableciendo comparación - derivadas del Código fondal y la ley de la C.A.B.A. que las regula complementariamente.

Una suerte de hoja de ruta para el control de la actividad y el compliance por los profesionales del derecho.

El Dr. Varano, a su hora, formula un racconto de las principales modificaciones traídas por el Decreto 320/2020 y su continuador 766/2020 a las locaciones de inmuebles (recordamos que hemos tratado la cuestión de los alquileres in extenso durante el transcurso del actual año, para lo cual pueden consultar las anteriores salidas del suplemento), se detiene en sus consecuencias y en la transición hacia la finalización de la excepcionalidad.

No descuidamos los aspectos prácticos que sean útiles para nuestros seguidores y por eso el prestigioso académico Dr. Costantino nos aporta un más que novedoso escrito judicial referido a la petición de convocatoria a asamblea consorcial por el juez en el caso concreto de que coexistan dos administraciones (la desplazada y la designada) que pongan en vilo el orden funcional y presupuestario del ente jurídico.

Saliendo del corset que en tiempo pretérito informaba el art. 10 de la derogada ley creadora del régimen de PH (la recordada 13.512) y en la actualidad el art. 2063 del CCyCN, el especialista marplatense nos muestra cómo puede exponerse - con buen éxito - un escenario disruptivo para la persona jurídica y sus integrantes, en lo que él denomina como “colapso funcional del consorcio”.

Por nuestra parte, agregamos dos ppt que intentan facilitar la aprehensión de conceptos básicos sobre expensas comunes, su clasificación, plazos de pago, mora, intereses, obligados, pautas para la contribución, legitimación, intervención de terceros, liberación y privilegios contenidos en el plexo normativo.

A la hora de analizar y comentar un resolutorio, no dudamos en elegir aquel por el que la Suprema Corte de Justicia de Mendoza nos impone lo que queríamos que se dijese sobre la hermenéutica del inc. f del art. 2041 del CCyCN, las cañerías que van por toda la construcción, quien reputa como su dueño y/o guardián y con ello definir el límite de la responsabilidad por los daños ocasionados. Y al vernos más que satisfechos por los argumentos esgrimidos por el tribunal, los mostramos en prieta síntesis.

Es de reconocer que hasta el momento hemos sido pródigos - si es que vale el término - en brindarnos a quienes transitan por estas páginas y recorren los pronunciamientos judiciales y las novedades legislativas y normativas. Pues bien, haciendo nuevamente honor a esa cualidad, en esta ocasión lo somos aún más.

Casi una treintena de sentencias judiciales ilustran este número del suplemento ante una más que variada diversidad de cuestiones atinentes a nuestras incumbencias, en su gran mayoría muy recientes sumadas a otras ya publicadas por la Editorial pero que por su resalto merecen una atención especial. Y lo que más engalana a la sección, en nuestro parecer, es que provienen en importante porción, de judicantes del interior de la República.   

De idéntico modo sucede con la normativa (nacional, de la Ciudad Autónoma y de la PBA), que en nuestra actividad aún mantiene una potente impronta referida a la pandemia del Sars-Cov 2.

Previo a concluir este acápite de nuestro editorial, vamos a cumplir con los más que merecidos agradecimientos a quienes han participado con sus ensayos y aportes en los cinco números del presente año, los arriba nombrados más l@s colegas Alimenti, Beninato Mora, del Cerro, Griffith, Lermer, Moreno Fleming, Ottati Paz, Quaglia, Sevitz, Turina, y Valobra.

 

II.- El año en que vivimos en peligro o...un año más que vivimos en peligro

 

La emergencia por la pandemia todo lo cruza. Nuestra profesión - al igual que la inmensa mayoría de las actividades - ha sufrido modificaciones y ya nada - o casi - volverá a ser como antes. La virtualidad uniforma el trabajo y el soporte económico de nuestras especialidades tocó un fondo del cual sólo queda rebotar para tomar impulso con el horizonte incierto del año venidero.

En este sentido, ¿que cambió desde nuestro anterior encuentro?.

En la C.A.B.A. la reapertura de las obras constructivas por el decreto local 363/2020, que abarca a la construcción privada y a las personas afectadas a dicha actividad, quedando de este modo liberado el trabajo sin límites de superficies. Asimismo, se derogó por la Resolución Nº 286/MDEPGC/20 el anterior protocolo de aplicación para llevar a cabo los trabajos habilitados en estas obras, aprobando un nuevo protocolo IF-2020- 24531024-GCABA-DGDYPC, acorde a esta etapa.

Al comentario generalizado (también replicado por nosotros en ediciones pasadas) de la baja en dólares estadounidenses de los costos para la construcción, octubre - último registro disponible al cierre de este ejemplar - frenó el descenso para mostrar un fuerte aumento ya que creció un 6 % de acuerdo a la Cámara Argentina de la Construcción. El incremento acumulado entre enero y octubre del 2020 fue del 35,5 %.

La encuesta de noviembre de CAMARCO sobre el impacto Covid-19 en el sector, arrojó los siguientes resultados: (i) De las obras con contrato vigente al 31 de octubre de 2020, el 59% están con desarrollo normal, el 18% están demoradas y otro 10% paralizadas. La proporción de obras con desarrollo normal aumentó respecto del mes pasado. En el caso de empresas del AMBA indican que el 50% de las obras ya están en desarrollo normal; (ii) En el mismo período el 64% de las empresas presentaron presupuestos u ofertas de obras públicas y el 40% para obras privadas. En el caso de la obra pública mejoró respecto del mes anterior mientras que las obras privadas mantuvo una caída; (iii) El 78 % de la empresas consultadas no tuvieron ninguna adjudicación de obra pública en ese mes. Respecto de obras privadas también el 78% no tuvo adjudicaciones en octubre; (iv) El 15% de las empresas tiene personal suspendido bajo convenio UOCRA, el personal suspendido viene reduciéndose; (v) En el caso del personal bajo ley 20.744, el 10% de las empresas tiene personal suspendido, en este caso también con una menor cantidad de personal suspendido; (vi) En octubre el 21% de las empresas fueron incluidas en el programa ATP; (vii) En lo relativo a las expectativas del sector a tres meses vista, el 26% espera que la actividad aumente, el 40% que se mantendrá igual y el 17% creé que la actividad disminuirá. Las expectativas de mejora crecieron con respecto al mes anterior; (viii) En referencia a las medidas tomadas por el gobierno para incentivar la actividad de la construcción, el 23% cree que son buenas o muy buenas, el 37% regulares y el 39% malas. La evaluación de las medidas tomadas han mejorado de manera significativa el último mes [1](1).

Por otro costado, el Indice Construya, que se elabora mensualmente desde 2002, registró una nueva suba del 3,84 % con respecto a septiembre último. Con esta variación del índice desestacionalizado ya se percibe un acomodamiento de la actividad que se irá confirmando conforme vayan pasando los próximos meses.

Asimismo, - abundó la entidad - los despachos de insumos de las empresas del Grupo (Construya) se ubicaron 15,80% por encima de los registrados en el mismo mes del año anterior. Aun así, en los primeros 10 meses del año el Índice Construya acumuló un descenso de 9,80% en comparación con el mismo período de 2019.

Esta suba refuerza la recuperación que había iniciado en mayo, luego de que se registrara la caída histórica más abrupta del índice a causa de la pandemia/cuarentena por la COVID-19, en abril.

En las crisis - enuncia la publicación especializada Reporte Inmobiliario - el costo de construcción se erige como el indicador más transparente para medir el desajuste de los valores de mercado de las propiedades. Aceptado y reivindicado por las normas de valuación internacionales, el costo de reposición es la metodología que precisamente sugieren aplicar en condiciones disruptivas de mercado como las que se viven desde hace un tiempo y que se profundizaron en este 2020 a partir de la pandemia y cuarentena.

Estos costos llevan más de dos años de baja en dólares. En términos constantes, los costos actuales son incluso menores a los de la crisis del 2002. De esta forma, llevan un lapso de 29 meses consecutivos que corren por debajo sin considerar octubre, donde la brecha creció aún más, confirma Reporte Inmobiliario.

Desde mayo del 2018 la reducción promedio medida hasta setiembre es del 31.25 %. En el último año la baja promedio alcanza el 45,8 %[2] (2).

Analizando el costo para cada metro cuadrado vendible de acuerdo a una tipología de edificio entre medianeras de ocho pisos más retiro sobre un lote de 8,70 mts. de frente, compuesto por semipisos de dos ambientes, - según la mencionada Reporte Inmobiliario - llegó en septiembre a los $ 69.178, lo que equivalía al primer día hábil de noviembre de 2020 - a pesos 169 por dólar en el mercado paralelo de cambio - a U$S 409,34 [3](3).

La volatilidad evidenciada durante el último mes por el tipo de cambio blue con una fuerte escalada y luego una desaceleración pronunciada que tensiona al tipo de cambio oficial, sumado a problemas de producción y distribución provocados por la pandemia y una mayor actividad de obras por apertura del ASPO generó durante octubre distorsiones en lo que respecta a las listas de precios de ciertos materiales de la construcción, con dilaciones en entregas y ajuste al alza en los precios”, concluye Reporte Inmobiliario.

Sin embargo, las reacciones especulativas no se demoraron en aparecer y ante el crecimiento de la demanda y la incertidumbre cambiaria, comenzaron a escasear los insumos y productos para la construcción. Eminentemente de fabricación nacional (lo importado compone una ínfima parcela de lo que habitualmente se utiliza o, en su defecto, responde a altas calidades constructivas) los actores del sector retacearon la producción o bien la acopiaron. La respuesta del Estado no se hizo esperar: inusitadamente la Secretaría de Comercio Interior dependiente del Ministerio de Desarrollo Productivo emitió la Resolución 605/2020 por la que intimó a las empresas que forman parte integrante de la cadena de producción, distribución y comercialización de los productos e insumos para la construcción, incluidos en el Anexo I de la presente medida (IF-2020-79884233-APN-SSPMI#MDP), a incrementar su producción hasta el máximo de su capacidad instalada y a arbitrar las medidas conducentes para asegurar su transporte y provisión, durante el plazo de vigencia de la Emergencia Pública en materia sanitaria, ampliada por el Decreto N° 260 de fecha 12 de marzo de 2020 y sus modificatorios. La sanción por el incumplimiento será la aplicación de la ley de Abastecimiento (20.680). Toda una paradoja del mercado imperfecto que provoca, indefectiblemente, la intervención estatal para tratar de recomponer lo impensado.

Los números arrimados por el Colegio de Escribanos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires son iguales de elocuente. La cantidad total de las escrituras de compraventa de inmuebles registró en el décimo mes de 2020 una baja del 19,8 % respecto del nivel de un año antes, al sumar 2528 registros, mientras que el monto total de las transacciones realizadas creció un 10,3%, con $ 22.017 millones. En comparación con septiembre pasado, las escrituraciones subieron un 15,9 % (septiembre: 2181 escrituras).

En octubre, hubo 91 escrituras formalizadas con hipoteca bancaria. Por lo que la caída en ese sentido es del 76,4%. Y los primeros 10 meses acumulan una baja de actos escriturarios con crédito del 67% [4](4). En contraposición, durante el efímero auge de los créditos UVA se llegaron a firmar 2219 operaciones con esta característica solo en el mes de marzo de 2018. 

Sin dubitaciones, son los peores registros de la historia inmobiliaria. La cantidad de compraventas acumuladas durante los primeros diez meses del año, entre enero y octubre, sumaron 13.179, un 52,5 % menos de las 27.736 registradas en el mismo período del ya magro 2019 [5](5).

El endurecimiento de las restricciones a la compra de dólares a mediados de septiembre fue uno de los inconvenientes que influyó dentro del mercado inmobiliario y repercutió especialmente en octubre, primer mes completo de vigencia de la normativa. “Hoy el que compra es el que tiene los dólares atesorados y consigue un buen precio o aquel que vendió su propiedad para comprar otra. Y hay muchas permutas también: los llamados trueques crecieron un 100%, la gente intercambia una casa por otra”, indicaron desde el Colegio de Escribanos.

Otra de las particularidades que trajo consigo la situación epidemiológica es que se “está acelerando cambios de hábitos en muchos aspectos. Uno de ellos es el teletrabajo, que junto con la digitalización, están derribando el paradigma de vivir en grandes urbes porque allí hay más posibilidades de empleo, educación y esparcimiento. Las facilidades del trabajo remoto animan a muchas familias a mudarse en búsqueda de una mayor calidad de vida. También debido a las restricciones y falta de créditos, aumentan las permutas de departamentos en el centro por casas en zonas más alejadas[6](6).

“Argentina tiene una enorme concentración poblacional en el eje de Córdoba, Rosario, Buenos Aires y La Plata. Una gran megalópolis donde vive el 40% de la población en una suerte de conurbano extendido, que concentra el 70% del flujo de bienes y servicios”, describe Jorge Calzoni, rector de la Universidad Nacional de Avellaneda (UNDAV), e integrante del Foro para el Día Después.

Hoy el 92% de la población argentina vive en ciudades, con una de las tasas más altas de urbanización del mundo, mientras gran parte de su extenso territorio está despoblado. Esto tiene razones históricas desde la creación del puerto en Buenos Aires, y consecuencias económicas y sociales como la concentración de la riqueza y la enorme desigualdad. Los problemas de esto los hemos visto agravados desde la pandemia: hay zonas donde se vive con tal hacinamiento, que es imposible guardar la distancia social”, remarca[7] (7).

Desde la Cámara de Servicios Inmobiliarios (CAMESI), apuestan a un blanqueo de capitales que permita la reactivación de la inversión, atento a que las operaciones financieras han perdido atractivo por su frecuente volatilidad; por lo que aconsejan volcarse a los inmuebles, manifestó su Director Comercial, Mariano Malbrán [8](8).

Del mismo modo que en el llamado mercado de la industria de la construcción, el inmobiliario de alquileres en la C.A.B.A. sigue un curso sinuoso. Va aumentado el stock de viviendas luego del desmedido aumento de precios de las locaciones prohijado por la concentración en manos de los poderosos del subsector, que fue la forma en que rechazaron la ley 27.551 (que hemos apuntado en en anteriores ocasiones), mientras que la oferta de locaciones comerciales, oficinas, grandes superficies y plantas industriales se ensanchó como consecuencia de la vacancia dejada como lastre por la pandemia.

En un relevamiento global, una vez que se acomodaron los valores, podemos afirmar que los alquileres de los departamentos en la ciudad de Buenos Aires, aumentaron más en línea con el índice de inflación. Conteste el último IPC publicado por el INDEC el incremento de los precios minoristas alcanzó el 37,2 % interanual, siendo el incremento de los 2 ambientes del 34,6% y el de los 3 ambientes del 38,03%.

El valor medio de toda la ciudad para departamentos de 2 ambientes usados supera en noviembre de 2020 los $ 20.605.- mientras que las unidades de 3 ambientes cotizan en promedio cerca de los $ 28.000.- [9](9).

La renta promedio anual bruta de un alquiler de 2 ambientes usados en la Ciudad se ubicó en el 1,85 % anual, según surge de comparar los valores del relevamiento trimestral de valores de publicación de venta y alquiler que en forma trimestral realiza desde el año 2005 Reporte Inmobiliario.

Pese a que la renta sigue en mínimos históricos mejoró con relación a seis meses atrás cuando se ubicaba en el 1,75 %, debido al incremento sufrido en los alquileres sobre todo en los últimos meses y la caída del valor de las unidades que se dio en el mismo lapso.

Actualmente, en la apertura por barrios del cuadro de rentabilidades, se observa que la máxima renta anual por alquiler se obtiene en los barrios de Constitución y San Cristóbal donde llega al 2.12 %, mientras que el valor mínimo se registra en Barrio Norte con el 1,48 % de rentabilidad anual”, apunta Reporte Inmobiliario [10](10).

Las noticias más alentadoras para estos mercados, es que el Estado continúa su intento de rescate de las empresas que se encuentran muy complicadas con sus deudas fiscales.

Así las cosas, por el decreto de necesidad y urgencia N° 966/2020 (publicado en el B.O.R.A. del 01/12/2020) se prorrogó hasta el 15 de diciembre de 2020, inclusive, el plazo establecido en el último párrafo del artículo 8° de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública N° 27.541 y sus modificaciones, para que los contribuyentes puedan acogerse al Régimen de Regularización establecido en el Capítulo 1 del Título IV de dicha ley.

Del mismo modo, la Administración Federal de Ingresos Públicos suspend la aplicación obligatoria del Sistema Integral de Retenciones Electrónicas (SIRE) para el IVA, hasta el día 28/02/2021, inclusive (Resolución General AFIP N° 4864/2020); prorrogó la vigencia del régimen de facilidades de pago de carácter permanente para la regularización de las obligaciones impositivas, de los recursos de la seguridad social y/o aduaneras -así como sus intereses y multas- cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentran a cargo de la AFIP hasta el 31/12/2020 (R.G. N° 4866/2020); extendió hasta el 31/12/2020, inclusive, la suspensión de la traba de medidas cautelares para los sujetos que se encuentren inscriptos en el “Registro de Empresas MiPyMES” y la suspensión de la iniciación de juicios de ejecución fiscal (R.G. N° 4868/2020) (toda esta normativa la encontrarán íntegramente en la pestaña pertinente de este suplemento).

Desde el propio Estado, la obra pública pretende liderar la reconstrucción de la macroeconomía pospandemia. El Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat, que ahora conduce el Ing. Jorge Horacio Ferraresi, en el marco del Plan Nacional de Suelo Urbano que lleva adelante la Secretaría de Desarrollo Territorial, aprobó el financiamiento de diez proyectos para la generación de 1.935 lotes con servicios.

Estos proyectos contarán con una inversión de la Nación de 774 millones de pesos y tendrán lugar en las ciudades de Salto, Coronel Pringles, Carmen de Patagones, Benito Juárez, Castelli, Exaltación de la Cruz, Bolívar, 25 de Mayo, Río Grande y Ushuaia.

El Plan Nacional de Suelo Urbano tiene como objetivo aumentar la oferta de suelo urbanizado a precios accesibles para que más familias puedan acercarse al proyecto de la casa propia, a partir de la adquisición de un terreno y la posterior construcción de una vivienda a través de un crédito hipotecario, por autoconstrucción o a partir de la construcción desde el Estado.

Es de destacar que hasta el momento, ya han adherido al mismo diez provincias y más de cien municipios en todo el país, y se han presentado solicitudes de financiamiento para 300 proyectos que buscan la generación de más de 30.000 lotes.

El flamante ministro - quien fuera primero secretario de obras públicas y luego exitoso intendente de su ciudad, la bonaerense Avellaneda, desde 2009 -, en sus primeros días de gestión, además de reunirse con varios gobernadores provinciales para tratar de articular políticas de vivienda con los mandatarios, mantuvo conversaciones con representantes del Frente Nacional de Inquilinos a los fines de analizar la reglamentación de la conocida como nueva ley de alquileres (que entró en vigencia el 1° de julio de este año) y la situación de los locatarios que tienen congelados los precios de sus locaciones, prorrogados los plazos de los contratos, diferidas las deudas por falta de pago y/o diferencias de precio y suspendidos los desalojos hasta el 31/01/2021 por conducto del DNU N° 766/2020 (que extendió los beneficios del 320/2020). Esta cuestión constituye, inexorablemente, una brasa caliente para el Gobierno Nacional como para los miles de locadores y locatarios inmersos en el sistema.

Finalmente, la propiedad horizontal (edificios sometidos al régimen y conjuntos inmobiliarios en general) mantiene la incertidumbre de los propietarios y/ ocupantes de las unidades funcionales en lo relacionado con los costos de mantenimiento y sustentación que, lamentablemente, poco se han desacelerado. La única nota distinta favorable es que la ingente mora en los pagos de expensas comunes de los primeros meses de la crisis sanitaria (especialmente durante la cuarentena dura) comenzó lentamente a mermar, aunque se mantiene, en promedio, muy por encima comparativamente con las épocas de mayor “normalidad”.

Todo este panorama que, someramente, hemos tratado de describir es el marco fáctico en el que se desenvuelve la complicada tarea de los operadores jurídicos dedicados a las lides que nos ocupan. De allí, que el interrogante que nos planteáramos al inicio de este parágrafo quizá obtenga disímiles respuestas. Después de haber vivido en peligro durante casi cuatro años (con mayor acentuación desde el segundo trimestre de 2018), el ciclo que tuvo su alborada en marzo pasado profundizó el escozor.

Solo resta sostener la esperanza y confiar en que las políticas públicas activas con la participación de la inmensa mayoría de los sectores productivos del ámbito privado provoquen el cambio copernicano y virtuoso, que facilite el salto de calidad. En ese esquema, la abogacía deberá cumplir un papel fundamental en el entramado contractual, el resguardo de la legalidad de los actos y la solución no adversarial de los conflictos que arrastra la emergencia.

Para terminar, un saludo afectuoso a todos nuestros lectores (permanentes y ocasionales), con el profundo deseo que estas Fiestas distintas nos encuentren con nuestros más íntimos para pergeñar un futuro más armónico y venturoso. Nuestro especial reconocimiento a todo el personal de la Editorial que siempre está al servicio de nuestros requerimientos, que personificamos en las autoridades, Dres. Horacio R. y Martín I. Granero, la directora Dra. Romina A. Lozano y en la incansable y más que eficiente editora Dra. María Rosa Steckbaner.

Esperamos, reanimados, reencontrarnos en estas páginas - solo si Dios así lo determina - en los primeros meses de 2021. Hasta entonces.

 

 

 



[1] Informe Camarco Nov. 2020. (ingresar)   

[2] Cuadro Evolución_dólar_CAC_en 2017_set 2020 Reporte Inmobiliario. (ingresar

[3] Cuadro Valores-mensuales-obras-m2 vendible- dólar paralelo-nov-2020 Reporte Inmobiliario. (ingresar)

[4] Cuadro Escrituras CABA-octubre-2020 Colegio de Escribanos de la Ciudad. Reporte Inmobiliario.  (ingresar)    

[5] Cuadro Escrituras de compraventas acumuladas anuales Enero-Octubre CABA. Colegio de Escribanos de la Ciudad. Reporte Inmobiliario.  (ingresar)  

[6] Éxodo porteño: cada vez más familias se mudan y arrancan de cero a más de 100km de la Ciudad”, por María Gabriela Ensinck para La Nación, 26 de Noviembre de 2020 https://www.lanacion.com.ar/propiedades/casas-y-departamentos/exodo-porteno-cada-vez-mas-familias-se-mudan-y-arrancan-de-cero-a-mas-de-100km-de-la-ciudad-nid26112020/

[7] Idem nota anterior.

[9] Cuadro Alquileres en CABA noviembre 2020 Reporte Inmobiliario. (ingresar)    

[10] Cuadro Renta por alquiler noviembre 2020 CABA por barrios según Reporte Inmobiliario. (ingresar  

 

Citar: elDial.com - CC6A33

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